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REGULARIZACIÓN PARA UBER Y CABIFY EN QUERÉTARO

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La nueva Ley de Movilidad para el Transporte del Estado obliga a los prestadores de esos servicios a obtener una concesión o permiso, no podrán hacer base y sus vehículos deberán pasar una revisión física.

El servicio de Uber operará bajo las mismas reglas que los taxis concesionados en Querétaro. Este jueves el Congreso local aprobó la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado que regula el servicio de empresas privadas como Uber y Cabify.

Este servicio de transporte, prestado por personas físicas y morales a través del uso de aplicaciones tecnológicas, deberá contar con una concesión o permiso vigente expedido por el gobierno y deben estar inscritos en el Registro Público de Transporte.
“De esa manera se permite que estos prestadores de servicio cuenten con la concesión o permiso correspondiente que les expida el Instituto Queretano del Transporte“, detalló el diputado Antonio Zapata, presidente de la Comisión de Movilidad Sustentable local.
Los concesionarios o permisionarios deberán contar con un automóvil del añoen que se otorgue la autorización para presentar el servicio.
Los vehículos de Uber y Cabify tendrán una vida útil de 4 años, mientras que para los taxis concesionados será de 7 años. El Instituto podrá ampliar esta vida útil hasta por dos periodos de un año si tras la revisión física se considera que está en buenas condiciones y que su nivel de emisión de contaminantes a la atmósfera se ubica dentro de los límites permitidos

Si tras una revisión física y mecánica se determina que el vehículo no se encuentra en condiciones para continuar prestando el servicio, el Instituto podrá negar el trámite del refrendo.
El legislador dijo que la nueva noma genera condiciones equitativas de competencia entre los prestadores del servicio de transporte en sus diversas modalidades.
La norma aprobada determina que el contrato entre el usuario y la aplicación tecnológica “deberá estar publicado en la plataforma del prestador del servicio, conteniendo el aviso de privacidad correspondiente; con posibilidad de seleccionar libremente el tipo de vehículo, acceso y realizar el pago con tarjeta de crédito o débito, así como la facturación”.
Los vehículos tampoco podrán hacer base ni prestar más de un servicio a la vez y deben portar placas de circulación, engomados, hologramas, tarjeta de circulación, el documento de registro ante el Instituto y un seguro de cobertura amplia.
La legislación aprobada destaca la necesidad de que se utilicen aplicaciones tecnológicas que permitan mejorar la movilidad de manera efectiva.
Además, la nueva ley también obligará a que en un lapso de 10 años el transporte público estatal haga uso de combustibles alternos.
Aquí puedes leer la ley aprobada y que fue publicada en la Gaceta Legislativa.

FUENTE: Animal Político